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Actualidad de Cooperación y Planes Provinciales
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Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de interponer directamente en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo.
Publicación en el BOPBUR
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Publicación en el BOPBUR
Con fecha 21 de marzo de 2017 se ha publicado en el Boletín Oficial de provincia de Burgos nº 55 la aprobación inicial del Plan de Entidades Locales Menores 2017. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Burgos, de conformidad con el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP, sin perjuicio de interponer directamente, en el plazo de dos meses, recurso Contencioso-Administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo. No obstante los interesados podrán interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Anuncio BOPBUR
Con fecha 20 de marzo de 2017 se ha publicado en el Boletín Oficial de provincia de Burgos nº 54 la aprobación inicial del Plan Provincial de Cooperación 2017. Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Pleno de la Corporación en el plazo de un mes a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP de Burgos, de conformidad con el art. 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del PACAP, sin perjuicio de interponer directamente, en el plazo de dos meses, recurso Contencioso-Administrativo ante el juzgado de lo Contencioso-Administrativo. No obstante los interesados podrán interponer cualquier otro recurso que estimen oportuno.
Publicación BOPBUR
Conocidos por la Junta de Gobierno, tanto los antecedentes correspondientes al expediente del citado Plan como la propuesta de resolución de referida convocatoria, tal y como se recoge en el anexo al acta de la Comisión de Valoración encargada de evaluar, en su sesión celebrada el 14 de diciembre de 2016, las solicitudes presentadas al amparo de dicho Plan, y tras efectuar la Junta de Gobierno la correspondiente deliberación, en síntesis, considera más adecuado para alcanzar la necesaria y exigible eficiencia y optimización del recurso económico asignado a referido Plan de Obras Complementarias, no resolver la convocatoria en curso por entender que, si bien la propuesta de resolución es congruente con las bases aprobadas, no lo es en cambio con la finalidad y el objetivo de eficiencia a alcanzar, tanto por lo que se refiere a las entidades locales beneficiarias, como por la propia Diputación Provincial, y ello a la vista, con carácter mayoritario, de la escasa entidad económica de las ayudas resultantes consideradas de forma individualizada, que hacen prácticamente inviable una utilización adecuada y eficaz de dicho recurso económico.
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Publicación en el BOPBUR